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¿Existe un límite en cuanto al número de veces en que puedo declararme en quiebra?

El período de tiempo entre las quiebras depende del tipo de la declaración previa y el tipo de la nueva declaración. Si su nueva declaración cae dentro del Capítulo 7, usted debe esperar ocho (8) años contados a partir de la última declaración de un Capítulo 7, o seis (6) años de su última declaración de un Capítulo 13. Si su nueva declaración es un Capítulo 13, usted debe esperar cuatro (4) años de su última declaración del Capítulo 7 o dos (2) años después de una descarga de un caso previo del Capítulo 13.

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